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Salarios vencidos y su cálculo topado a doce meses

por Ediel Ortega
mujer trabajadora de fabrica usando una calculadora tiene una libreta y un lápiz y se ve pensativa

 

Salarios vencidos y su cálculo topado a doce meses

El tema de los salarios vencidos fue y ha sido objeto de análisis jurídicos debido a su relevancia en el derecho laboral mexicano. Como abogado en el ejercicio, he tenido que enfrentar la realidad de los conflictos laborales, donde la interpretación de las normas y la aplicación de la jurisprudencia son fundamentales para garantizar justicia. En particular y en especial el tema que tratare en esta ocasión es el relativo a el cálculo de los salarios vencidos durante los primeros doce meses, conforme a lo establecido en la Ley Federal del Trabajo y la jurisprudencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), es un área que me parece digna de atención por su impacto directo en la protección de los derechos de los trabajadores y los intereses de los patrones.

En este post, reflexionaré sobre cómo entiendo y aplico el criterio establecido en la tesis jurisprudencial con número de registro 2026784, que delimita el cálculo de los salarios vencidos y su relación con los primeros doce meses de afectación tras el despido injustificado. También analizaré cómo estos criterios se armonizan con los principios fundamentales contenidos en la CPEUM y la LFT, exponiendo ejemplos y argumentos personales que surgen de mi experiencia profesional.

1. Marco legal de los salarios vencidos

La base normativa de los salarios vencidos se encuentra en el artículo 123, apartado A, fracción XXII de la CPEUM, que garantiza a los trabajadores el derecho a una estabilidad en el empleo y protege contra los despidos injustificados. Este artículo establece que, en caso de despido sin causa justificada, el patrón deberá indemnizar al trabajador con el pago de 3 meses del cual haya gozado el operario durante su último estadio laboral.

XXII. El patrono que despida a un obrero sin causa justificada …estará obligado, a elección del trabajador, a cumplir el contrato o a indemnizarlo con el importe de tres meses de salario

Por su parte, la LFT, en su artículo 48, regula este derecho y fija los límites: el patrón está obligado a pagar hasta doce meses de salarios vencidos en los términos señalados por el juicio laboral. Si el juicio excede ese periodo, únicamente se debe abonar el interés mensual del 2% sobre el monto de 15 meses de salario, con lo que se busca equilibrar los derechos de ambas partes, evitando abusos tanto del trabajador como del patrón. 

Artículo 48.- ..Si en el juicio correspondiente no comprueba el patrón la causa de la rescisión, el trabajador tendrá derecho, además, cualquiera que hubiese sido la acción intentada, a que se le paguen los salarios vencidos computados desde la fecha del despido hasta por un período máximo de doce meses

Desde mi perspectiva, estos límites son razonables, aunque no exentos de críticas. Por un lado, protegen al trabajador al garantizar un ingreso ante la dilación del juicio, pero también limitan el impacto financiero sobre el patrón, incentivando una pronta resolución.

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2. Reflexión sobre la tesis 2026784 y su relevancia

Al analizar la tesis 2026784, me resulta claro que su objetivo principal es resolver dudas prácticas sobre el cálculo de los salarios vencidos en el contexto de los doce meses posteriores al despido. La tesis aclara que el pago debe incluir el salario diario integrado, es decir, no solo el salario base, sino también todas las prestaciones y beneficios económicos ordinarios del trabajador, como primas, bonos, vales y demás conceptos que constituyan su ingreso habitual.

Esta interpretación tiene un impacto significativo en la práctica. Por ejemplo, he trabajado en casos donde el patrón pretendía calcular los salarios vencidos únicamente con base en el salario nominal, ignorando las prestaciones integradas. Esto, evidentemente, no solo afecta los derechos del trabajador, sino que también viola los principios de proporcionalidad y equidad establecidos en el artículo 17 de la LFT.  

Artículo 17.-  …se tomarán en consideración…, los principios generales del derecho, los principios generales de justicia social que derivan del artículo 123 de la Constitución, la jurisprudencia, la costumbre y la equidad.

Al aplicar esta tesis en mis propios casos, he percibido que su correcta interpretación y argumentación ante las autoridades laborales puede marcar la diferencia en el resultado de un juicio. Sin embargo, también he observado resistencia por parte de algunos patrones, quienes consideran que este criterio les impone una carga excesiva, especialmente en contextos económicos adversos.

3. Retos prácticos en el cálculo de los salarios vencidos

Uno de los mayores desafíos que encuentro en el cálculo de los salarios vencidos es la determinación del salario integrado. Aunque la LFT lo define en el artículo 84, en la práctica, no siempre es sencillo probar todos los componentes del salario. Por ejemplo, en un caso reciente, representé a un trabajador que recibía un bono de productividad mensual que no estaba claramente registrado en sus recibos de nómina. Argumentamos que, aunque el bono era discrecional, constituía una parte habitual de su ingreso, por lo que debía integrarse en el cálculo.

Casos como este nos enseñan que el acceso a pruebas claras y contundentes es crucial para defender los derechos de los trabajadores. No obstante, también es necesario reconocer que algunos trabajadores pueden intentar inflar el monto reclamado incluyendo prestaciones que no cumplen los requisitos legales para ser consideradas parte del salario integrado.

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4. Opinión personal: ¿Es justo el límite de doce meses?

Desde mi punto de vista, el límite de doce meses de salarios vencidos es una medida razonable, pero con matices. Entiendo que su finalidad es evitar que los juicios laborales prolongados se conviertan en un mecanismo de abuso, ya sea por parte del trabajador o del patrón. Sin embargo, creo que esta disposición puede resultar insuficiente en casos donde la demora del juicio sea atribuible exclusivamente al patrón o incluso a las autoridades laborales.

He tenido la oportunidad de observar juicios que se prolongan más de lo necesario debido a tácticas dilatorias de los patrones o por la saturación de los tribunales laborales. En estos casos, el límite de doce meses parece injusto, ya que el trabajador es quien sufre las consecuencias de la tardanza, a pesar de no haberla provocado. Considero que una posible solución sería establecer excepciones al límite en casos de dilación comprobada por parte del patrón o las autoridades, fortaleciendo así los principios de justicia y reparación integral.

5. Reflexión final: El equilibrio entre los derechos laborales y la sostenibilidad empresarial

En mi experiencia, el tema de los salarios vencidos ilustra la delicada relación entre la protección de los derechos laborales y la necesidad de garantizar la sostenibilidad de las empresas. Si bien es fundamental salvaguardar los derechos de los trabajadores, también debemos considerar el impacto que estas disposiciones tienen en los patrones, especialmente en pequeñas y medianas empresas. 

Como abogado laboral, mi responsabilidad es buscar un equilibrio que permita resolver los conflictos laborales de manera justa y eficiente, evitando que las partes se vean envueltas en procedimientos prolongados y costosos. Esto no solo implica aplicar correctamente la ley y la jurisprudencia, sino también fomentar una cultura de diálogo y conciliación que minimice los riesgos y costos asociados a los conflictos laborales.

En conclusión, el análisis de los salarios vencidos y su cálculo en los primeros doce meses nos recuerda la importancia de contar con un marco normativo y jurisprudencial claro y equilibrado. La tesis 2026784 es una herramienta invaluable para orientar a trabajadores, patrones y abogados en este tema, pero su correcta aplicación depende de nuestra capacidad para interpretar y argumentar con base en los principios de justicia, equidad y proporcionalidad que sustentan el derecho laboral mexicano.

P.D. esta tesis nos señala además que una vez que hayamos definido el salario integrado, y si se cumplen los doce meses a los que tendría derecho el trabajador como parte de una indemnización, que estos meses se deben de considerar por un periodo de 30 días, es decir los doce meses estarían equivaliendo a 360 días, lo anterior en palabras del PLENO REGIONAL EN MATERIA DE TRABAJO DE LA REGIÓN CENTRO-SUR, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE MÉXICO.

Bibliografía y Referencias

    1. Ley Federal del Trabajo
    2. Tesis 2026784
    3. Constitución Política de los Estados Unidos mexicanos
    4. Semanario Judicial de la Federación